Segunda entrega de notas destinadas a difundir las herramientas que brinda el estado para impulsar el empleo. Cómo funciona el PIL, que abarca a las empresas que contraten un trabajador y les brinda una ayuda económica que podrán descontar del salario.
Por Daniel Di Bártolo
Estamos convencidos que el desafío central de estos tiempos es generar empleo para lo cual es imprescindible, en primer lugar, conocer las herramientas que el Estado promueve para lograr la inserción laboral.
En nuestra anterior entrega, planteamos el tema desde la perspectiva del trabajador, ahora lo haremos desde el ángulo de las empresas y los empleadores.
Se trata de exponer los Programas y beneficios para contratar y capacitar y toda la información útil para propietarios y responsables de empresas y áreas de Recursos Humanos.
PROGRAMA DE INSERCIÓN LABORAL (PIL)
El Programa de Inserción Laboral (PIL) tiene como objetivo promover la inserción laboral de los trabajadores y trabajadoras con mayores dificultades de empleabilidad, brindando a las empresas que los contrate una ayuda económica que podrán descontar del salario a abonar a la trabajadora o al trabajador.
El PIL está dirigido a:
• A todas las empresas del país, no importa su tamaño.
• A trabajadores y trabajadoras desocupados y desocupadas mayores de 18 años pertenecientes a distintos programas nacionales.
El beneficio consiste en que los trabajadores y trabajadoras reciben una ayuda económica mensual a cargo del Ministerio de Trabajo, Empleo y Seguridad Social (MTEySS) que las empresas descuentan del sueldo que les corresponde por convenio colectivo.
Las empresas que adhieran al Programa de Inserción Laboral, también podrán acceder para esas nuevas contrataciones a la reducción de las contribuciones patronales estipuladas por el Decreto 493/21, siempre que cumplan con los requisitos de participación.
Los montos son los siguientes :
El aporte del Ministerio de Trabajo de la Nación varía según la dotación de personal de la empresa, la jornada de contratación y el género de las/os trabajadoras/es contratadas/os.
Contratación a tiempo completo
Planta de personal Trabaj. Mujeres / no binarias Varones
Hasta 5 trabaj. $ 33.000 $ 29.700
Entre 6 y 15 trabaj. $ 29.500 $ 26.200
Entre 16 y 80 trabaj. $ 26.000 $ 22.700
Más de 80 trabaj. $ 23.500 $ 20.200
Contratación a tiempo parcial
Planta de personal Trabaj. Mujeres / no binarias Varones
Hasta 5 trabaj. $ 14.000 $ 12.800
Entre 6 y 15 trabaj. $ 12.300 $ 11.100
Entre 16 y 80 trabaj. $ 10.600 $ 9.400
Más de 80 trabaj. $ 9.300 $ 8.100
La empresa debe registrar a los trabajadores dando el Alta Temprana en la Administración Federal de Ingresos Públicos (AFIP).
La empresa se hace cargo de pagar la diferencia para completar el salario que corresponda de acuerdo al Convenio Colectivo de su sector de actividad.
La empresa paga los aportes y contribuciones sobre la totalidad del salario.
El plazo de adhesión al Programa es de hasta 12 meses.
Podrán realizar la gestión de este beneficio a través del Portal Empleo. Una vez registradas en el portal, deberán generar una oferta de entrenamiento y seleccionar a una trabajadora o un trabajador que cumpla con el perfil requerido.
También pueden contactarse con la Agencia Territorial, mediante el CONTACTO PYME y la Oficina de PROMOCIÓN DEL EMPLEO ubicada en La Rioja 2153 de lunes a viernes de 8 a 15 hs., en el correo electrónico at-mardelplata@trabajo.gob.ar y en el teléfono 0223) 4955925 / 4911481
La agenda del trabajo y el empleo es la cuestión central para un desarrollo económico con justicia social. Por ello, tanto trabajadores como empresarios deben conocer las herramientas que el Estado Nacional promueve para la generación de nuevos puestos de trabajo. Creemos en la comunidad organizada como modelo de sociedad que permite la realización armónica de sus integrantes en pos de un proyecto de nación para todas y todos.
(*) Jefe de la Agencia Territorial Mar del Plata del Ministerio de Trabajo de la Nación.